CONVOCATORIA ASAMBLEA 2025

I.- En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 27.1 de los Estatutos, se convoca a la Asamblea
General Ordinaria de la Mutualidad de Previsión Social de la Policía, de acuerdo con lo siguiente:

1.- Lugar de celebración:
División de Personal. Av. Pío XII, 50

2.- Fecha y hora de la primera convocatoria:

Día 23 de mayo de 2025, a las 08:30 horas.

3.- Fecha y hora de la segunda convocatoria:

Día 23 de mayo de 2025, a las 09:00 horas.

4.- Componentes de la Asamblea General:

Quedan convocados a la Asamblea General Ordinaria de la Mutualidad de Previsión Social de la Policía
todos los representantes de los mutualistas que en derecho les corresponda conforme a lo dispuesto
en el artículo 26 de los Estatutos y las demás personas que la integran según lo dispuesto en el Art.
24 de los Estatutos.

5.- Orden del día

PRIMERO.- Informe de la Presidencia.

SEGUNDO.-

  1. Informe de la firma de Auditoría Externa Gescontrol Auditores.
  2. Informe Actuarial.
  3. Informe del Comité de Auditoría, Gestión de Riesgos y Cumplimiento Normativo.
  4. Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales, la aplicación del resultado y el
    Informe de Gestión.
  5. Análisis del presupuesto de ingresos y gastos para el ejercicio 2025 y su aprobación, si
    procede.

TERCERO.- Propuesta de modificación de los Estatutos de la Mutualidad para aprobación de los que
procedan.

CUARTO.- Nombramiento y aprobación de firma de Auditoría Externa.

QUINTO.- Elección para cubrir DOS VACANTES de vocales independientes externos en el Consejo de
Gobierno dos con duración de 5 años.

SEXTO.- Elección para cubrir UNA VACANTE de vocal en el Consejo de Gobierno con duración de 4
años.

SÉPTIMO.- Presentación nuevo responsable del SAM.

OCTAVO.- Ruegos y preguntas.

NOVENO.- Aprobación del Acta o designación de tres asambleístas a los efectos del art. 29.3 de
los Estatutos.

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·Seguro de fallecimiento individual.

·Capital asegurado desde 10.000€ hasta 100.000€.

·Primas adaptadas a la edad y estado de salud.

·Ahorro para la jubilación.

·Coberturas de fallecimiento, invalidez y accidentes.

·Aportaciones mínimas y extraordinarias.

·Derechos consolidados y rescate anticipado.

·Ampliación de cobertura de fallecimiento.

·Flexibilidad en la contratación y ajuste del capital asegurado.

·Beneficios fiscales.